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La SCJN prohíbe el cobro a turistas extranjeros por visitar Puerto Vallarta

La SCJN prohíbe el cobro a turistas extranjeros por visitar Puerto Vallarta

La Suprema Corte declara inconstitucional la cuota para turistas extranjeros en Puerto Vallarta

Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha concluido que la cuota de 1.25 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para turistas extranjeros en Puerto Vallarta era ambigua, inconstitucional y permitía posibles arbitrariedades por parte del Ayuntamiento.

El pleno de la SCJN declaró inconstitucional el cobro de 1.25 UMA, equivalente a 169.71 pesos, que el Ayuntamiento pretendía solicitar de manera “voluntaria” a visitantes extranjeros. Esta cuota estaba incluida en el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos municipal de 2024, justificada como un cargo por el uso de servicios, bienes y espacios públicos en el destino turístico.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) impugnó esta medida al considerar que violaba principios de legalidad y seguridad jurídica. Tras el respaldo unánime al proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, la SCJN invalidó la cuota al determinar que el texto legal era ambiguo y permitía interpretaciones discrecionales por parte de la autoridad municipal.

La resolución destacó que el precepto no especificaba el tipo de servicio ni el uso de bienes o espacios públicos al que se refería, lo que abría la posibilidad de arbitrariedades y cobros sin un fundamento claro.

Con esta decisión, se elimina la contribución prevista para visitantes extranjeros y se insta al Ayuntamiento a no aplicar ningún cargo similar sin una base normativa precisa y constitucional.

Conclusión

La decisión de la Suprema Corte garantiza el respeto a los principios legales y la seguridad jurídica en el cobro de cuotas a turistas extranjeros en Puerto Vallarta.

Aspectos clave:

  • La cuota de 1.25 UMA para turistas extranjeros en Puerto Vallarta ha sido declarada inconstitucional por la SCJN.
  • El Ayuntamiento deberá abstenerse de cobrar cualquier tarifa similar sin una base normativa clara y constitucional.
  • La resolución garantiza el respeto a los principios de legalidad y seguridad jurídica en los cobros municipales a visitantes extranjeros.